El Acuerdo de simplificación de trámites de la STPS se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 17 de julio de 2026 y entró en vigor el 20 de julio, el día hábil siguiente. Lo primero, para encuadrarlo: no cambia ninguna obligación de las NOMs. Cambia el trámite — los papeles, los plazos y los formatos — para cumplirlas por vía alternativa o para acreditar el sistema de gestión.
Los tres trámites que toca son precisamente los que un patrón industrial usa de verdad:
| Trámite | Cómo queda |
|---|---|
| STPS-05-003 · medios alternativos a una NOM (art. 14 del Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo) | De 60 días naturales a 20 días hábiles · fuera la memoria de cálculo y los escritos libres |
| STPS-05-004 · acreditación del SASST (art. 72, penúltimo párrafo, de la Ley del Seguro Social) | De 40 días naturales a 20 días hábiles |
| STPS-05-024 · organismos privados que dictaminan NOMs | Modalidades fusionadas · de 15 días naturales a 10 hábiles · la renovación (05-024-B) desaparece |
A eso se suma un candado general (Artículo Décimo): la STPS no puede pedir documentación que ella misma emite, ni copias simples, ni requisitos adicionales a los del Acuerdo. Y los expedientes se arman con los formatos oficiales nuevos, los Anexos I a III.
Por qué importa el SASST aquí
La acreditación del SASST es la puerta a la reducción de la prima del seguro de riesgos de trabajo que prevé el artículo 72 de la Ley del Seguro Social — la mención es de contexto: la declaración de esa prima es asunto de tu contador, no de esta pieza. Lo que cambia hoy es el trámite: la respuesta llega en la mitad de tiempo y con menos papeles.
Dos partes del Acuerdo quedan diferidas y sin fecha: el arranque del módulo tecnológico para organismos privados y el paso a digital exclusivo del STPS-05-004. Son anuncio, no hecho, y conviene tratarlas así.
Qué hacer con tus expedientes
- Rehaz las listas de requisitos con los Anexos I-III: un expediente armado con la lista vieja lleva papeles que ya no se piden.
- Recalendariza con los plazos nuevos — ahora en días hábiles.
- Si un trámite estaba a medio armar, revísalo contra el Acuerdo antes de presentar.
Dos apuntes finos. El Acuerdo lo firma quien lo tramita: la STPS describe cómo se le solicita a ella misma, así que lo citable son el articulado y los transitorios — el relato de que todo es más fácil lo firma la propia dependencia, que además es la que inspecciona; estos expedientes son los mismos que aparecen en las inspecciones de la STPS. Y sobre el cómputo del vigor: la STPS declaró inhábil del 15 al 31 de julio para procedimientos de inspección y sanción, pero a la fecha el Acuerdo está vigente en cualquier lectura.
Si tienes un SASST acreditado o en camino, o cumples alguna NOM por medios alternativos, podemos revisar contigo si tu expediente está en el formato nuevo y qué plazos te aplican ahora — eso entra en cumplimiento legal STPS.
Fuente primaria DOF — STPS · ver publicación oficial (se abre en una pestaña nueva)
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