Estudios Normativos · Marco federal

NOM-035 factores de riesgo psicosocial: cuestionarios oficiales, sin atajos.

Estudio normativo federal obligatorio para todo centro de trabajo en México. Aplicamos los cuestionarios de las Guías de Referencia I, II y III de la NOM-035-STPS-2018, con muestra calculada según la fórmula de la propia norma y análisis estructurado por categoría, dominio y dimensión. Foco operativo: plantas industriales con plantilla considerable.

Qué es

Norma federal de identificación, análisis y prevención de factores de riesgo psicosocial.

La NOM-035-STPS-2018 — Factores de riesgo psicosocial en el trabajo: Identificación, análisis y prevención — fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de octubre de 2018 y firmada por el Secretario del Trabajo y Previsión Social. Sin reformas posteriores. Aplica a todos los centros de trabajo del territorio nacional, con obligaciones diferenciadas según el número de trabajadores.

Sobre los plazos de implementación: el Transitorio PRIMERO estableció entrada en vigor general a los 12 meses (octubre de 2019); el Transitorio SEGUNDO postergó los numerales 5.2, 5.3, 5.6, 5.8, 8.3, 8.4, 8.5 y todo el Capítulo 7 a los 24 meses (octubre de 2020). Ambos plazos están cerrados: la norma está plenamente vigente en todos sus numerales desde hace más de cinco años.

La propia norma define lo que se entiende por factor de riesgo psicosocial (numeral 4.7):

"Aquellos que pueden provocar trastornos de ansiedad, no orgánicos del ciclo sueño-vigilia y de estrés grave y de adaptación, derivado de la naturaleza de las funciones del puesto de trabajo, el tipo de jornada de trabajo y la exposición a acontecimientos traumáticos severos o a actos de violencia laboral al trabajador, por el trabajo desarrollado. Comprenden las condiciones peligrosas e inseguras en el ambiente de trabajo; las cargas de trabajo cuando exceden la capacidad del trabajador; la falta de control sobre el trabajo […]; las jornadas de trabajo superiores a las previstas en la Ley Federal del Trabajo, rotación de turnos que incluyan turno nocturno y turno nocturno sin períodos de recuperación y descanso; interferencia en la relación trabajo-familia, y el liderazgo negativo y las relaciones negativas en el trabajo."

Y, por separado, la definición de acontecimiento traumático severo (numeral 4.1):

"Aquel experimentado durante o con motivo del trabajo que se caracteriza por la ocurrencia de la muerte o que representa un peligro real para la integridad física de una o varias personas y que puede generar trastorno de estrés postraumático para quien lo sufre o lo presencia. Algunos ejemplos son: explosiones, derrumbes, incendios de gran magnitud; accidentes graves o mortales, asaltos con violencia, secuestros y homicidios, entre otros."

Fuente: NOM-035-STPS-2018 · Definiciones 4.1 y 4.7 (DOF 23/10/2018)

¿Qué aplica a tu centro?

Obligaciones según número de trabajadores.

La NOM-035 fija tres niveles de obligación. La amplitud del estudio cambia drásticamente entre cada nivel — desde política básica hasta evaluación completa del entorno organizacional.

Hasta 15 trabajadores

Política básica

Numerales aplicables: 5.1, 5.4, 5.5, 5.7, 8.1 y 8.2.

Política de prevención por escrito, identificación de personal expuesto a acontecimientos traumáticos severos y canalización, difusión interna y mecanismos de denuncia. Sin obligación de aplicar cuestionarios de FRP.

Entre 16 y 50 trabajadores

Identificación + análisis

Numerales aplicables: 5.1, 5.2, 5.4 al 5.8, 7.1 inciso a), 7.2, 7.4 al 7.9 y Capítulo 8.

Identificación y análisis de factores de riesgo psicosocial con el cuestionario de la Guía de Referencia II, aplicado a todos los trabajadores. Política de prevención, medidas de control, registros y difusión interna.

Fuente: NOM-035-STPS-2018 · Capítulo 6 (DOF)

Herramientas oficiales

Las cinco Guías de Referencia de la NOM.

La propia norma proporciona los instrumentos que deben aplicarse. Tres son cuestionarios de evaluación obligatorios según nivel; dos son materiales auxiliares.

I

Cuestionario para identificar acontecimientos traumáticos severos

Identifica a los trabajadores que presenciaron o sufrieron acontecimientos traumáticos severos durante o con motivo del trabajo. Aplica a todos los centros, sin importar tamaño. Si hay respuestas afirmativas, se activa canalización a institución de salud.

II

Cuestionario para identificar y analizar factores de riesgo psicosocial

Aplicable a centros de trabajo con 16 a 50 trabajadores. Se aplica a todo el personal. Cubre identificación y análisis (no evaluación de entorno organizacional).

III

Cuestionario para identificar y analizar FRP y evaluar entorno organizacional

Aplicable a centros con más de 50 trabajadores. Más extenso que la Guía II: incluye categorías sobre liderazgo, relaciones y entorno organizacional. Puede aplicarse a una muestra representativa según fórmula de la propia Guía.

IV

Ejemplo de Política de prevención de riesgos psicosociales

Material auxiliar. Plantilla orientativa de la declaración formal que la NOM exige a todos los centros, sin importar tamaño (numeral 5.1).

V

Datos del trabajador

Cuestionario sociodemográfico complementario que acompaña a los anteriores. Permite agrupación por departamento, antigüedad, género u otras variables para el análisis agregado.

Fuente: NOM-035-STPS-2018 · Guías de Referencia I a V (DOF)

Cómo se determina el riesgo

Cinco niveles de resultado, tres con acción obligatoria.

La calificación final del cuestionario, así como la calificación por categoría y por dominio, se ubican en una de cinco categorías de riesgo según los rangos definidos por la propia norma:

  • Nulo o despreciable — no se requieren medidas adicionales.
  • Bajo — basta con reforzar la política y la difusión interna.
  • Medio — exige Programa de intervención.
  • Alto — exige Programa de intervención más campaña de sensibilización y evaluación específica.
  • Muy alto — exige análisis detallado por categoría y dominio, Programa de intervención reforzado y revisión de la política completa.

La frontera práctica está entre bajo y medio: a partir de nivel medio el patrón tiene obligación operativa de actuar, no sólo de documentar.

Fuente: NOM-035-STPS-2018 · Tablas de calificación (DOF)

Lo que entregamos

Informe técnico agregado y auditable.

Estructura derivada de informes Congenius reales. Seis bloques sustantivos. El detalle individualizable se queda en la documentación interna del cliente.

1. Datos generales y marco legal

Razón social, giro, ubicación, fundamento legal aplicable (LFT artículos relevantes, Reglamento Federal SST y obligaciones del patrón 5.1 a 5.8 de la propia NOM-035).

2. Método y tamaño de muestra

Cálculo del tamaño mínimo de muestra conforme a la fórmula de la NOM: n = 0,9604(N) / [0,0025(N−1) + 0,9604]. Modalidades de aplicación: presencial, en línea o mixta, según preferencia del cliente.

3. Aplicación de instrumentos

Aplicación de los tres cuestionarios oficiales: Identificación de FRP (Guía II o III según tamaño), Información de la Empresa y los Trabajadores (Guía V), y Acontecimientos Traumáticos Severos (Guía I).

4. Análisis por categoría, dominio y dimensión

Calificación final agregada a nivel planta y desglose por las cinco categorías de la Tabla 6 NOM: ambiente de trabajo, factores propios de la actividad, organización del tiempo, liderazgo y relaciones, entorno organizacional. Departamentos con 1 a 3 participantes no se califican por no ser representativos.

5. Acontecimientos traumáticos severos

Resultados del cuestionario Guía I. Si hay respuestas afirmativas, activación de protocolo de canalización a institución de seguridad social o médico del centro. Si no las hay, registro documentado del hallazgo.

6. Conclusiones y recomendaciones

Categorización del nivel de riesgo a nivel planta. Recomendaciones generales sobre las categorías con mayor exposición y recomendaciones específicas accionables por departamento, alineadas con el Programa de intervención que exige la norma para niveles medio, alto o muy alto.

Vigencia y revisión

Sin periodicidad fija, pero con criterios claros.

A diferencia de otras NOMs, la NOM-035 no fija una frecuencia explícita para repetir el estudio. Lo que la norma sí establece de manera literal:

  • Conservación de registros: al menos un año desde la fecha de elaboración (numeral 10.4).
  • Difusión: a los trabajadores, sobre la política y los resultados; debe mantenerse vigente cuando cambien las condiciones evaluadas (numeral 5.7).
  • Vigencia de dictámenes de Unidades de Verificación: dos años, siempre que no se modifiquen las condiciones que sirvieron para su emisión (numeral 9.4). Sólo aplica si hay verificación externa.

En la práctica industrial, la revisión del estudio se dispara por cambios significativos en plantilla, organización o procesos, o cuando se hayan implementado medidas del Programa de intervención y proceda re-medir para evaluar su efectividad. Es una conversación que tenemos con el cliente al cierre del primer estudio.

Fuente: NOM-035-STPS-2018 · numerales 5.7, 9.4 y 10.4 (DOF)

Documentación

Lo que aportas tú, lo que entregamos nosotros.

Modalidad de aplicación a tu elección: presencial, en línea o mixta. Combinamos sesiones de cuestionario presencial (cafetería, sala de capacitación) con enlace en línea para personal de turnos rotativos o ubicaciones distintas.

Lo que tú aportas
  • Identificación oficial del representante legal
  • Conteo de personal por departamento (sin nombres si prefieres anonimato)
  • Organigrama operativo o lista de departamentos con responsables
  • Modalidad de aplicación preferida (presencial, en línea, mixta)
  • Acceso a sala o sistema digital para aplicar cuestionarios
  • Autorización para difundir resultados internamente al cierre del estudio
Lo que conseguimos por ti
  • Cálculo del tamaño de muestra mínimo según la fórmula de la NOM
  • Aplicación de los tres cuestionarios oficiales (Guías I, II o III según tamaño, V)
  • Procesamiento y análisis por categoría, dominio y dimensión
  • Identificación de acontecimientos traumáticos severos y canalización si procede
  • Redacción del informe técnico con recomendaciones generales y por departamento
  • Firma de consultor responsable como soporte para inspección STPS

Fuente: Estructura derivada de informes Congenius reales (referencia: CONNOR 2025)

Preguntas frecuentes

Las dudas más comunes sobre la NOM-035.

¿Qué es la NOM-035-STPS-2018?

La NOM-035-STPS-2018 —Factores de riesgo psicosocial en el trabajo: identificación, análisis y prevención— es una norma federal de la STPS publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de octubre de 2018. Obliga a los centros de trabajo a identificar, analizar y prevenir los factores de riesgo psicosocial (estrés grave, cargas de trabajo que exceden la capacidad del trabajador, jornadas superiores a las de la Ley Federal del Trabajo, violencia laboral) y a promover un entorno organizacional favorable. Aplica en todo el territorio nacional, con obligaciones que escalan según el número de trabajadores del centro.

¿Qué empresas están obligadas a cumplir la NOM-035?

Todos los centros de trabajo del país, sin excepción por giro o tamaño. Lo que cambia es el alcance: en centros de hasta 15 trabajadores basta con la política de prevención, la identificación de personal expuesto a acontecimientos traumáticos severos y su difusión; de 16 a 50, se suma la identificación y análisis de factores de riesgo psicosocial con el cuestionario aplicado a todo el personal; con más de 50, se añade la evaluación del entorno organizacional sobre una muestra representativa.

¿Desde cuándo está vigente y cada cuándo debe repetirse el estudio?

Está vigente en todos sus numerales desde octubre de 2020: la primera etapa (política, prevención y difusión) entró en vigor en octubre de 2019 y la segunda (identificación, análisis y evaluación del entorno organizacional) en octubre de 2020. La norma no fija una frecuencia obligatoria para repetir el estudio; en la práctica se vuelve a aplicar cuando cambian de forma significativa la plantilla, la organización o los procesos, o tras implementar las medidas de un Programa de intervención para medir su efecto.

¿Qué sanciones hay por no cumplir la NOM-035?

El incumplimiento de las normas oficiales de seguridad y salud en el trabajo —la NOM-035 entre ellas— se sanciona conforme al artículo 994, fracción V, de la Ley Federal del Trabajo, con multa de 250 a 5,000 veces la UMA según la gravedad de la falta. La STPS verifica el cumplimiento mediante inspección, por lo que conviene conservar la política, los registros y los resultados del estudio como soporte documental ante una visita.

¿Cómo se implementa la NOM-035 en una empresa?

El proceso parte de una política de prevención por escrito; sigue con la identificación de trabajadores expuestos a acontecimientos traumáticos severos (Guía de Referencia I) y, según el tamaño del centro, la aplicación de los cuestionarios de identificación y análisis de factores de riesgo psicosocial (Guías II o III) a todo el personal o a una muestra representativa. Con los resultados se categoriza el nivel de riesgo y, a partir de nivel medio, se establece un Programa de intervención. Todo debe documentarse, conservarse y difundirse internamente.

¿Cómo se califican los resultados del cuestionario?

La calificación final —y la de cada categoría y dominio— se ubica en uno de cinco niveles de riesgo: nulo o despreciable, bajo, medio, alto y muy alto, según los rangos de la propia norma. La frontera práctica está entre bajo y medio: a partir de nivel medio el patrón tiene obligación de actuar, no sólo de documentar. El nivel medio exige Programa de intervención; el alto y el muy alto añaden campañas de sensibilización, evaluaciones específicas y revisión de la política de prevención.

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