Si tu centro de trabajo opera sin los permisos o las medidas de seguridad en regla, la multa por no tener licencia de funcionamiento es solo una parte del riesgo: a la sanción económica puede sumarse la clausura del establecimiento. Este artículo aclara qué multas arriesga una empresa por no tener su licencia, sus permisos o sus extintores al día, cuánto pueden costar y cómo dejarlo resuelto antes de una visita.

En corto:

  • La licencia de funcionamiento es un trámite municipal: operar sin ella puede derivar en multa y en la clausura del establecimiento hasta regularizarte.
  • El incumplimiento de seguridad e higiene ante la STPS se sanciona con 250 a 5,000 UMA (art. 994, fracción V, de la Ley Federal del Trabajo): de unos $29,327 a $586,550 pesos con la UMA de 2026.
  • No tener extintores ni las medidas contra incendio te expone por dos vías a la vez: la STPS (NOM-002) y Protección Civil municipal.
  • La multa por no tener licencia de conducir es un asunto de tránsito distinto: aquí hablamos de la licencia de tu negocio, no de la personal.

¿Qué multa hay por no tener licencia de funcionamiento?

No existe una cifra federal única: la licencia de funcionamiento (o licencia municipal de funcionamiento) es un trámite municipal, así que la multa la fija el reglamento de cada municipio y se calcula, por lo general, en Unidades de Medida y Actualización (UMA). Más allá del monto, la consecuencia que más pesa es operativa: la autoridad municipal puede clausurar el establecimiento y negar el refrendo hasta que regularices el trámite.

En Querétaro y el Bajío, la licencia de funcionamiento suele apoyarse en trámites previos —dictamen de uso de suelo, factibilidad de giro y el visto bueno de Protección Civil—, y la falta de cualquiera de ellos puede frenar la apertura o exponerte en una verificación. Por eso conviene tratar la licencia como un expediente completo, no como un papel suelto. Puedes ver el detalle del proceso en nuestra página de licencia de funcionamiento en Querétaro.

Ojo con el nombre de la infracción: en algunos reglamentos municipales el supuesto no aparece como “operar sin licencia”, sino como multa por licencia de funcionamiento vencida, no refrendada o con datos que ya no corresponden al giro real del establecimiento. Tener el papel no basta si dejó de reflejar lo que haces o si venció el refrendo.

¿Qué pasa si no tengo licencia de funcionamiento?

La consecuencia no llega de golpe, llega en escalera. Conocer el orden ayuda a saber en qué punto estás:

  1. Visita de verificación. El inspector municipal levanta un acta con lo que observa. Ese documento es el que abre todo lo demás.
  2. Requerimiento y plazo. Según el reglamento del municipio, puede concederse un plazo para regularizar antes de la sanción. Es la ventana más barata para resolverlo.
  3. Multa. Se calcula según el reglamento local, casi siempre en UMA, y puede agravarse por reincidencia.
  4. Clausura. Es la medida que de verdad duele: parcial o total, con sellos, y se levanta cuando acreditas el trámite.
  5. Bloqueo del trámite. Mientras haya una infracción abierta, el municipio puede negarte la licencia o el refrendo, así que el problema se realimenta.

Hay un efecto colateral que rara vez se anticipa: operar sin licencia complica cobrar un siniestro, contratar con clientes que auditan a sus proveedores y participar en licitaciones que piden el expediente completo. La sanción económica suele ser el menor de los costos.

Licencia, permiso o aviso de funcionamiento: qué necesita tu centro de trabajo

La primera confusión frecuente es el nombre del documento. Según el municipio y el giro, el permiso de apertura puede llamarse licencia de funcionamiento, permiso de funcionamiento o aviso de funcionamiento, y en algunos casos se acompaña de una placa de empadronamiento. La multa por no tener aviso de funcionamiento o el permiso de negocio correspondiente responde a la misma lógica: operas sin autorización y la autoridad puede sancionarte y clausurar.

La regla práctica es sencilla: antes de abrir o al cambiar de giro, confirma en tu municipio cuál es el documento exacto que exige tu actividad y cuáles son sus requisitos previos. Un giro industrial no pide lo mismo que un comercio, y un establecimiento clasificado como de riesgo tendrá exigencias adicionales de Protección Civil.

¿Y si tu negocio no está en Querétaro? Estado de México, CDMX y el resto

No existe una tabla nacional de multas por operar sin licencia: el importe lo fija el reglamento o el bando de policía y gobierno de cada municipio, y por eso la cifra cambia de un municipio a otro dentro del mismo estado. Es la respuesta corta a la pregunta que más llega desde fuera del Bajío —“¿de cuánto es la multa por no tener licencia de funcionamiento en el Estado de México?”—: depende del municipio en el que estés, no del estado.

Dónde se resuelve, en la práctica:

  • El trámite se saca en la ventanilla municipal que atiende giros comerciales —según el municipio se llama Desarrollo Económico, Comercio, Padrón y Licencias o ventanilla única—. Ahí te dicen el nombre exacto del documento para tu giro y sus requisitos previos.
  • La multa y el procedimiento salen del reglamento municipal de esa misma actividad, casi siempre expresados en UMA.
  • Los requisitos previos (uso de suelo, protección civil) suelen depender de otras dependencias, municipales o estatales, y son los que atoran el expediente.

Regla de oro: no calcules tu multa con la cifra de otra plaza. Un importe leído para Toluca, Naucalpan o la Ciudad de México no te sirve para Querétaro ni al revés. Lo que sí se repite en todas partes es la mecánica —acta de verificación, plazo, multa en UMA, clausura y bloqueo del refrendo—, y esa mecánica sí puedes anticiparla. La parte estatal del frente de Protección Civil, que cambia de una entidad a otra, la comparamos en la guía de normas de Protección Civil en Querétaro, Guanajuato y San Luis Potosí.

Multa de Protección Civil y clausura del local: dos cosas distintas

La multa de Protección Civil no sale de una ley federal: sale de la ley estatal de protección civil y del reglamento municipal correspondiente, se expresa en UMA y se aplica por lo que la autoridad observa en sitio —sin programa interno, sin señalización, sin rutas de evacuación, sin equipo contra incendio con mantenimiento vigente—. El documento que ordena ese frente es el programa interno; qué lleva y cómo se arma está en la guía del programa interno de protección civil.

Y conviene separar dos cosas que se confunden todo el tiempo:

  • La multa es la sanción económica: tiene importe y se paga.
  • La clausura no es una multa y no tiene tarifa: es la medida que impide seguir operando. No se “paga” para levantarla; los sellos los retira la misma autoridad que los puso, una vez acreditas la regularización que motivó la medida.

Por eso preguntar “¿cuánto cuesta una clausura?” lleva a la respuesta equivocada. Lo que cuesta una clausura son los días parados, los pedidos que no salen y la nómina que sigue corriendo mientras el expediente se pone al día. La multa, comparada con eso, suele ser lo barato.

Multa por no tener uso de suelo comercial

El uso de suelo es el trámite que decide si tu actividad puede realizarse en ese domicilio, y es previo a la licencia. Por eso la multa por no tener uso de suelo comercial aparece en dos escenarios distintos:

  • No tienes el dictamen: operas en un predio cuyo uso no está autorizado para tu giro. Es la situación más difícil de resolver, porque no se arregla pagando: si el uso no es compatible, el domicilio no sirve para esa actividad.
  • Tienes dictamen pero operas otra cosa: el giro real no coincide con el autorizado —el clásico taller que crece dentro de un local declarado como comercio—. Aquí la regularización pasa por actualizar el trámite, no por ignorarlo.

En ambos casos la autoridad municipal puede sancionar y clausurar, y mientras el uso de suelo no esté en regla, la licencia de funcionamiento tampoco avanza: el expediente se atora en el primer eslabón. En Querétaro ese eslabón se resuelve con el dictamen de uso de suelo y la factibilidad de giro, que confirma si tu actividad es viable en ese domicilio antes de que inviertas en la adecuación del local.

Multa por no tener permiso de construcción, de bomberos o de Protección Civil

Cuando el problema no es la operación sino la obra o las instalaciones, aparecen otros permisos. La multa por no tener permiso de construcción también es municipal: construir o ampliar sin licencia de obra puede acarrear sanción económica y la suspensión de los trabajos. Y en establecimientos que manejan riesgo, la multa por no tener permiso de bomberos o el visto bueno de Protección Civil se traduce, además de la cifra, en la imposibilidad de operar en regla.

El visto bueno de Protección Civil no es un trámite decorativo: acredita que tu inmueble cumple con señalización, rutas de evacuación, equipo contra incendio y un programa interno. Si quieres saber qué revisa la autoridad en una visita, lo detallamos en qué revisa Protección Civil en una empresa. El trámite en Querétaro lo explicamos en visto bueno de Protección Civil.

Multa por no tener extintores en tu negocio

Los extintores son de las carencias más fáciles de detectar en una inspección, y te exponen por dos vías al mismo tiempo. Por el lado de Protección Civil municipal, la falta de equipo contra incendio, señalización o mantenimiento vigente puede motivar sanción y clausura. Por el lado de la STPS, la protección contra incendios en los centros de trabajo se rige por la NOM-002-STPS-2010, y no cumplirla es una falta de seguridad e higiene sancionable.

La multa por no tener extintor en un negocio rara vez es solo por el extintor: el inspector revisa el conjunto —tipo y capacidad del equipo según el grado de riesgo, ubicación, señalización, recargas y registros—. Determinar ese grado de riesgo de incendio es justo el objeto del estudio NOM-002, que define cuántos extintores necesitas y de qué clase. (Nota: la multa por no tener extintor en el carro es una infracción de tránsito, ajena a la seguridad de tu centro de trabajo.)

Cuánto suman las sanciones de la STPS

Aquí sí hay cifras verificables. Cuando el incumplimiento cae en el terreno de la seguridad e higiene en el trabajo, la sanción se aplica por la vía del artículo 994, fracción V, de la Ley Federal del Trabajo, que prevé una multa de 250 a 5,000 veces la UMA para el patrón que no observe las medidas de seguridad e higiene previstas por la normativa (Ley Federal del Trabajo, gob.mx).

Con la UMA vigente en 2026$117.31 diarios, publicada por el INEGI (inegi.org.mx)— ese rango equivale aproximadamente a entre $29,327 y $586,550 pesos por infracción. Además, la multa puede imponerse por cada trabajador afectado, de modo que el importe escala con el tamaño de la plantilla expuesta. La autoridad gradúa la sanción según la intencionalidad, la gravedad, los daños y la reincidencia.

Incumplimiento Autoridad Consecuencia típica
Sin licencia / aviso de funcionamiento Municipio Multa (en UMA) + clausura
Sin permiso de construcción Municipio Multa + suspensión de obra
Sin uso de suelo compatible con el giro Municipio Multa + clausura + licencia bloqueada
Sin visto bueno de Protección Civil Municipio / PC estatal Multa + clausura
Sin extintores o medidas contra incendio STPS (NOM-002) + PC 250–5,000 UMA y/o clausura

Cómo dejar tu empresa en regla antes de la inspección

La forma barata de resolver esto es preventiva: ordenar el expediente antes de que llegue la visita, no después de la observación. La ruta práctica:

  1. Confirma el permiso de operación que exige tu municipio y giro (licencia, permiso o aviso de funcionamiento) y sus trámites previos.
  2. Revisa el frente de Protección Civil: programa interno, señalización, rutas y equipo contra incendio con mantenimiento vigente.
  3. Verifica el cumplimiento de seguridad e higiene ante la STPS, empezando por las NOM aplicables a tu actividad.
  4. Documenta todo: una carencia sin papel que la respalde pesa tanto como no tenerla.

Si quieres entender cómo se desarrolla una visita y qué pide el inspector, revisa nuestra guía de inspecciones de la STPS. En Congenius acompañamos ese proceso de principio a fin: identificamos qué te falta, integramos los estudios y trámites necesarios y dejamos el expediente listo para mostrar.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto es la multa por no tener licencia de funcionamiento?

Depende del municipio, porque es un trámite local: cada reglamento fija el monto, casi siempre expresado en UMA, y la autoridad puede sumar la clausura del establecimiento. No hay una cifra federal única para este supuesto.

¿La multa es la misma en todos los estados?

No. Al ser un trámite municipal, el monto y el procedimiento los fija el reglamento de cada municipio, así que la cifra que aplica en Querétaro no sirve para calcular la del Estado de México, Guanajuato o Jalisco. Lo que sí se repite en casi todos lados es la mecánica: importe expresado en UMA, clausura como medida y bloqueo del refrendo hasta regularizar. Antes de dar por buena una cifra que leíste de otra plaza, consúltala en el reglamento de tu municipio.

¿De cuánto es la multa por no tener licencia de funcionamiento en el Estado de México?

No hay una cifra estatal: en el Estado de México, igual que en Querétaro, la licencia o el permiso de funcionamiento es municipal, así que el importe lo fija el reglamento o el bando del municipio donde opera el establecimiento y se expresa normalmente en UMA. Consúltalo en tu municipio antes de dar por buena cualquier cantidad que encuentres en línea.

¿Pueden clausurarme por no tener licencia o extintores?

Sí. Tanto la autoridad municipal (por falta de licencia o de medidas de Protección Civil) como una inspección pueden derivar en la clausura del centro de trabajo hasta que regularices, además de la multa correspondiente.

¿Cuánto cuesta una multa de la STPS por seguridad e higiene?

El artículo 994, fracción V, de la Ley Federal del Trabajo prevé de 250 a 5,000 UMA, es decir, del orden de $29,327 a $586,550 pesos con la UMA de 2026 ($117.31 diarios), y puede aplicarse por cada trabajador afectado.

¿La multa por no tener licencia de conducir o de moto entra aquí?

No. Esas son infracciones de tránsito de tu licencia personal y las aplica la autoridad vial, no la laboral ni la municipal de giros. En este artículo hablamos de la licencia de funcionamiento de tu empresa.


¿Quieres dejar tu empresa en regla antes de la próxima inspección? Escríbenos a info@congenius.com.mx o llámanos al 442 168 29 66.