La llamada Ley Silla —también conocida como Ley de la Silla— dejó de ser un tema futuro. Desde finales de 2025 todas sus disposiciones son exigibles, y la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) la incorporó a su Programa Anual de Inspección 2026. En la práctica esto significa una cosa: una inspección puede llegar a tu centro de trabajo este año y revisar, expediente en mano, si cumples.

Este artículo va al grano: qué obliga exactamente la reforma, las fechas que ya pasaron, qué revisa la autoridad en una visita, cuánto cuesta no tenerlo y cómo dejar la planta lista sin improvisar.

Qué es la Ley Silla y en qué ley se apoya

“Ley Silla” es el nombre con el que se conoce a la reforma que modificó los artículos 132, 133, 422 y 423 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), publicada en el Diario Oficial de la Federación el 19 de diciembre de 2024.

No crea una ley nueva: añade obligaciones concretas para el patrón cuando hay personal que trabaja de pie (bipedestación) durante la jornada. El objetivo declarado es prevenir fatiga, trastornos musculoesqueléticos y problemas circulatorios asociados a permanecer parado por periodos prolongados.

¿“Ley Silla” o “Ley de la Silla”? El nombre y dónde consultar el texto oficial

Las dos formas circulan y se refieren a lo mismo: “Ley Silla” y “Ley de la Silla” son la misma reforma. No existe una ley independiente con ese nombre en el catálogo de leyes federales de México; lo que existe es la Ley Federal del Trabajo reformada en los artículos ya citados. Por eso, quien la busca como ley autónoma no la encuentra.

La cronología es corta:

  • Aprobada por el Congreso de la Unión a finales de 2024.
  • Publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 19 de diciembre de 2024 — ahí se consulta el texto oficial del decreto de reforma.
  • Exigible por etapas durante 2025, con ambos plazos ya vencidos (siguiente sección).

Para efectos prácticos da igual cómo la llames: si tu personal trabaja de pie en México, las obligaciones del patrón son las mismas.

Las fechas que ya corren

La reforma entró en vigor por etapas, y ambas ya vencieron:

  • 17 de junio de 2025 — entra en vigor la obligación de fondo: proporcionar asientos con respaldo al personal que aplica.
  • Mediados de diciembre de 2025 (180 días después) — vence el plazo para adecuar el Reglamento Interior de Trabajo (RIT) y quedan plenamente exigibles el resto de las disposiciones.

A efectos prácticos, en 2026 no hay periodo de gracia: la obligación está completa y la STPS ya anunció que la verificará en campo.

A quién aplica

Aplica a todos los centros de trabajo donde haya personas que desempeñen sus funciones de pie, sin importar el tamaño de la empresa. Es especialmente relevante para:

  • Industria y manufactura (líneas de producción, ensamble, empaque)
  • Centros logísticos y almacenes
  • Comercio y puntos de venta
  • Servicios y atención al público

En una planta industrial el caso típico es el operador de línea: si pasa la jornada de pie, entra en el supuesto.

Qué revisa la STPS en una inspección

Esta es la parte operativa. Una visita no se conforma con ver sillas; verifica el expediente completo. Lo que la autoridad busca:

  1. Asientos con respaldo disponibles — en el propio puesto cuando la tarea lo permite, o en un área cercana cuando no, con pausas definidas durante la jornada.
  2. Reglamento Interior de Trabajo actualizado — debe incluir de forma expresa los factores de riesgo por bipedestación, las pausas autorizadas, su duración y la ubicación de los asientos. Sin esto, hay incumplimiento aunque las sillas estén físicamente puestas.
  3. Análisis de riesgo del trabajo de pie — el diagnóstico ergonómico que justifica las pausas y la solución adoptada por puesto. Aquí conecta directamente con la NOM-036-1-STPS-2018 sobre factores de riesgo ergonómico por manejo y posturas.
  4. Evidencia documental — registros de la medida adoptada, comunicación a la Comisión de Seguridad e Higiene y constancia de que el descanso es real, no nominal.

El error más común no es la falta de sillas: es tener las sillas pero no el papel que demuestra el cumplimiento ante el inspector.

Cuánto cuesta no cumplir

El incumplimiento se sanciona por la vía del artículo 994 de la LFT. Ese artículo no asigna una fracción explícita a las obligaciones de la Ley Silla (artículos 132 fracción V y 133 fracción XVII Bis), por lo que el rango es interpretativo; el criterio mayoritario lo ubica en 250 a 2,500 veces la UMA. Con la UMA vigente en 2026 ($117.31 diarios), eso equivale aproximadamente a entre $29,328 y $293,275 pesos, y la multa puede aplicarse por cada trabajador afectado. Por tratarse de una medida de seguridad e higiene, según la fracción que la autoridad considere aplicable, la sanción podría ubicarse hasta en 5,000 UMA.

A esa cifra hay que sumar el costo indirecto: una observación abierta obliga a corregir contra reloj, y si más adelante hay un accidente o una enfermedad de trabajo relacionada, el incumplimiento previo agrava la responsabilidad del patrón.

Cómo dejar tu planta lista

El cumplimiento correcto es técnico, legal y documental a la vez. La ruta concreta:

  1. Diagnóstico por puesto — identificar qué posiciones operan en bipedestación.
  2. Análisis ergonómico — evaluar el riesgo y definir pausas y tiempos con criterio técnico, no a ojo; la lógica documental es la misma que la de un plan de prevención de riesgos laborales: identificar, evaluar y dejar constancia.
  3. Solución física — seleccionar asientos con respaldo adecuados y ubicarlos.
  4. Adecuación legal del RIT — incorporar formalmente factores de riesgo, pausas y ubicación de asientos.
  5. Evidencia y comunicación — documentar todo y comunicarlo a la Comisión de Seguridad e Higiene.
  6. Preparación ante inspección — dejar el expediente armado y listo para mostrar.

En Congenius acompañamos este proceso de principio a fin: levantamos el diagnóstico, integramos el estudio de Ley Silla con el análisis ergonómico correspondiente y dejamos el Reglamento Interior y la evidencia en orden para una inspección de la STPS. El enfoque es preventivo: resolverlo antes de que llegue la visita, no después de la observación.

Preguntas frecuentes

¿Desde cuándo es plenamente exigible la Ley Silla?

Por etapas: la obligación de proporcionar asientos rige desde el 17 de junio de 2025, y la adecuación del Reglamento Interior de Trabajo y el resto de las disposiciones desde mediados de diciembre de 2025 (180 días después). En 2026 ya no hay plazo pendiente.

¿Basta con poner sillas para cumplir?

No. Sin el Reglamento Interior de Trabajo actualizado, el análisis de riesgo del trabajo de pie y la evidencia documental, una inspección puede considerar que hay incumplimiento aunque las sillas estén instaladas.

¿La STPS realmente está inspeccionando?

Sí. La STPS incorporó la verificación de la Ley Silla a su Programa Anual de Inspección 2026, por lo que cualquier centro de trabajo puede ser visitado para comprobar el cumplimiento.

¿Cuánto puede costar una multa?

Por la vía del artículo 994 de la LFT. Como el artículo no fija una fracción específica para la Ley Silla, el rango es interpretativo: el criterio mayoritario lo sitúa en 250 a 2,500 UMA —del orden de $29,328 a $293,275 pesos con la UMA de 2026— y puede imponerse por cada trabajador afectado. Según la fracción que la autoridad considere aplicable, podría llegar hasta 5,000 UMA.

¿Qué relación tiene con la NOM-036?

El análisis del riesgo ergonómico por trabajo de pie se apoya en el marco de la NOM-036-1-STPS-2018. Un estudio ergonómico sólido es la base técnica que sostiene las pausas y la solución que documentas ante la autoridad.

¿“Ley Silla” y “Ley de la Silla” son lo mismo?

Sí. Son dos nombres coloquiales de la misma reforma a la Ley Federal del Trabajo. No hay una ley separada: las obligaciones están en los artículos 132, 133, 422 y 423 de la LFT, y aplican igual con cualquiera de los dos nombres.

¿Cuál es la Ley Silla y dónde consulto el texto oficial?

Es el decreto que reformó los artículos 132, 133, 422 y 423 de la LFT, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 19 de diciembre de 2024; ese es el texto oficial a consultar. El marco técnico de la parte ergonómica es la NOM-036-1-STPS-2018.


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