Si en tu empresa hay personal que trabaja desde casa de forma habitual, la NOM-037 ya te aplica. La NOM-037-STPS-2023, “Teletrabajo — Condiciones de seguridad y salud en el trabajo” traslada las obligaciones de seguridad e higiene del centro de trabajo al domicilio de la persona teletrabajadora. No es una recomendación: es una Norma Oficial Mexicana exigible, verificable en una inspección de la STPS.

En una frase: la norma 037 obliga al patrón a tener una política de teletrabajo por escrito, el listado del personal a distancia, una lista de verificación del lugar donde se teletrabaja, los insumos necesarios —silla ergonómica incluida— e información sobre los riesgos ergonómicos y psicosociales; y todo eso debe poder mostrarse documentado ante un inspector.

Mucha gente la busca como “norma 037” o “norma de teletrabajo”: es la misma NOM-037-STPS-2023. Este artículo va al grano: desde cuándo obliga, a quién aplica, qué se revisa en el lugar donde se teletrabaja y qué se arriesga quien no lo tenga en orden.

Qué es la NOM-037 y en qué se apoya

La NOM-037-STPS-2023 establece las condiciones de seguridad y salud que deben cumplirse en los lugares donde se desempeña la labor bajo la modalidad de teletrabajo, para prevenir accidentes y enfermedades.

No nace en el vacío. En 2021 se reformó la Ley Federal del Trabajo (LFT) para regular el teletrabajo en su Capítulo XII Bis (artículos 330-A a 330-K), que ya obligaba al patrón a asumir costos y cuidar la salud de quien trabaja a distancia. La NOM-037 es la pieza técnica que aterriza ese mandato: dice qué condiciones revisar y qué documentar.

“Norma 037”, NOM-037 o NOM-037-STPS-2023: cómo se llama y dónde se consulta

Las tres formas se refieren a lo mismo. El nombre completo es NOM-037-STPS-2023, “Teletrabajo — Condiciones de seguridad y salud en el trabajo”: 037 es el número de la norma, STPS la dependencia que la emite y 2023 el año de publicación. La precisión importa por dos motivos:

  • Hay NOMs con el número 037 de otras dependencias (salud, medio ambiente, agricultura): sin las siglas STPS, la búsqueda devuelve normas ajenas al teletrabajo.
  • El texto oficial es el del Diario Oficial de la Federación, publicación del 8 de junio de 2023: esa es la referencia que vale para citarla en un procedimiento interno o una bibliografía. Los PDF que circulan por internet son copias; si hay discrepancia, manda el DOF.

Desde cuándo es exigible

La norma se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 8 de junio de 2023 y entró en vigor 180 días naturales después, el 5 de diciembre de 2023. Lleva vigente y siendo exigible desde finales de 2023: no hay periodo de gracia pendiente.

A quién aplica

Aplica a todos los centros de trabajo del país con personal en modalidad de teletrabajo, sin importar el tamaño de la empresa. La NOM-037 no fija un porcentaje: quien define cuándo hay teletrabajo es la LFT, que lo considera modalidad formal cuando la relación laboral se desarrolla más del 40% del tiempo en el domicilio de la persona trabajadora —o en el lugar que ésta elija—, usando tecnologías de la información y la comunicación.

En la práctica, la distinción importa:

  • Home office ocasional (un día suelto, un imprevisto) no configura teletrabajo en términos de la ley.
  • Teletrabajo habitual (más del 40% del tiempo desde el domicilio) sí entra en el supuesto, y con él todas las obligaciones de la NOM-037-STPS-2023.

El primer paso del diagnóstico es contar cuántas personas superan ese umbral: sin listado, el expediente no se sostiene.

Qué obliga al patrón

El núcleo de la norma. El patrón debe:

  1. Mantener una lista actualizada de las personas trabajadoras bajo la modalidad de teletrabajo.
  2. Contar con una Política de Teletrabajo por escrito, implantada y difundida en el centro de trabajo, con perspectiva de género.
  3. Verificar las condiciones de seguridad y salud del lugar donde se teletrabaja, con énfasis en el buen estado de las instalaciones eléctricas, la iluminación, la ventilación y las condiciones ergonómicas, mediante una lista de verificación.
  4. Proporcionar los insumos necesarios para teletrabajar, incluida una silla ergonómica o el mobiliario apropiado.
  5. Informar sobre los riesgos asociados al teletrabajo y sobre la exposición a factores de riesgo ergonómico y psicosocial.
  6. Documentar el cambio de modalidad de presencial a teletrabajo y respetar el carácter voluntario y reversible que exige la LFT.
  7. Establecer mecanismos de comunicación y de atención en casos de violencia familiar que puedan afectar a la persona teletrabajadora.

El error más común no es no dar la silla: es no tener el expediente que demuestra el cumplimiento ante un inspector.

Qué tiene que poder mostrarse en una inspección

Cada obligación se traduce en un documento:

Obligación Evidencia que la respalda
Identificar al personal en teletrabajo Listado actualizado de personas teletrabajadoras
Política de Teletrabajo Documento escrito, difundido, con perspectiva de género
Verificar condiciones del lugar Lista de verificación aplicada por persona
Proporcionar insumos Constancia de entrega (silla, equipo, mobiliario)
Informar riesgos ergonómicos y psicosociales Constancias de información firmadas
Cambio de modalidad Acuerdo escrito, voluntario y reversible
Mecanismos de comunicación y de atención Procedimiento documentado y difundido

En una inspección de la STPS se solicita documentación, no explicaciones: un expediente incompleto pesa igual que no haber hecho nada.

La lista de verificación: qué se revisa en el lugar donde se teletrabaja

La norma pide verificar el lugar de teletrabajo con una lista de verificación, con énfasis en cuatro frentes. Traducidos a preguntas concretas:

  • Instalaciones eléctricas. ¿Contactos y cables en buen estado, sin empalmes improvisados ni multicontactos sobrecargados?
  • Iluminación. ¿La persona ve con claridad lo que hace, sin penumbra ni reflejos sobre la pantalla? El criterio técnico de fondo para centros de trabajo lo aporta la NOM-025-STPS-2008 de niveles de iluminación; aquí no se trata de replicar un estudio de planta, sino de comprobar que la tarea se hace en condiciones adecuadas.
  • Ventilación. ¿El espacio se ventila o es un cuarto cerrado sin renovación de aire?
  • Condiciones ergonómicas. ¿Superficie de trabajo y asiento adecuados, con la pantalla a una altura razonable? El asiento no es un capricho: en el trabajo presencial existe una obligación paralela de asientos con respaldo —la Ley Silla— y la lógica coincide: el mobiliario forma parte de las condiciones de seguridad y salud.

La verificación no es una intromisión unilateral: la norma prevé la participación de la persona teletrabajadora. La evidencia es la lista aplicada, no una visita sorpresa.

Voluntario y reversible: la parte que más se olvida

El teletrabajo no se impone por decisión unilateral. La NOM-037 obliga a documentar el cambio de modalidad y la LFT exige que sea voluntario y reversible: pactado entre las partes y con posibilidad de volver a presencial en los términos que la ley y lo acordado establecen.

Sin constancia escrita del acuerdo no hay forma de demostrar ni la voluntariedad ni la reversibilidad. Es el punto que más se pasa por alto en empresas que migraron al trabajo a distancia de urgencia y nunca formalizaron el cambio.

Los dos frentes de riesgo que la norma subraya

La NOM-037 pone el foco en dos tipos de riesgo que, fuera de una planta, suelen quedar sin control:

  • Riesgo ergonómico. Una jornada larga en una mesa de comedor, con laptop y sin apoyo lumbar, produce trastornos musculoesqueléticos igual que un mal puesto en fábrica. Por eso conviene evaluar el puesto con el criterio de la NOM-036-1-STPS-2018 sobre factores de riesgo ergonómico.
  • Riesgo psicosocial. El aislamiento, la hiperconexión y la dificultad para desconectar son factores psicosociales reconocidos. La NOM-037 obliga a informarlos, y su gestión se apoya en el marco de la NOM-035-STPS-2018 de factores de riesgo psicosocial. Ambas normas se leen juntas cuando hay teletrabajo.

El riesgo no desaparece al salir de la oficina: se traslada al domicilio, y con él la responsabilidad del patrón. Es la misma lógica de cualquier gestión de riesgos de trabajo: identificar, evaluar y dejar constancia.

Qué debe hacer la persona teletrabajadora

La norma no solo carga al patrón. La persona en teletrabajo debe cuidar las condiciones de seguridad y salud de su lugar de trabajo, aplicar la información y capacitación recibidas, participar en la verificación cuando el patrón lo requiera y avisar de cualquier situación que altere la seguridad. El cumplimiento es de doble vía.

Cuánto cuesta no cumplir

El incumplimiento de una Norma Oficial Mexicana de seguridad e higiene se sanciona por la vía del artículo 994, fracción V, de la LFT, que prevé multas de 250 a 5,000 veces la UMA. Con la UMA vigente en 2026 ($117.31 diarios), eso equivale aproximadamente a entre $29,328 y $586,550 pesos, y la sanción puede imponerse considerando a cada persona afectada.

A la multa se suma el costo indirecto: si una persona teletrabajadora desarrolla una enfermedad de trabajo —un trastorno musculoesquelético, por ejemplo— y no hay evidencia de que se cuidaron las condiciones, el incumplimiento agrava la responsabilidad del patrón.

Cómo dejar tu empresa en regla

La ruta de cumplimiento de la NOM-037-STPS-2023 es ordenada:

  1. Identifica quién teletrabaja según el criterio de la LFT y arma el listado.
  2. Redacta la Política de Teletrabajo por escrito, con perspectiva de género, y difúndela.
  3. Aplica la lista de verificación del lugar de teletrabajo (eléctrico, iluminación, ventilación, ergonomía).
  4. Evalúa el riesgo ergonómico y psicosocial con criterio técnico, apoyándote en las NOM-036 y NOM-035.
  5. Entrega insumos (silla ergonómica, equipo) y deja constancia.
  6. Informa y capacita, y documenta que lo hiciste.
  7. Conserva la evidencia lista para mostrar en una inspección.

En Congenius acompañamos el proceso completo: diagnóstico de puestos en teletrabajo, evaluación ergonómica y psicosocial, y la política, las listas de verificación y la evidencia en orden para una inspección de la STPS. El enfoque es preventivo: resolverlo antes de que llegue la visita.

Preguntas frecuentes

¿Qué es la NOM-037-STPS-2023 en resumen?

Es la Norma Oficial Mexicana que fija las condiciones de seguridad y salud del teletrabajo: política de teletrabajo, verificación del lugar donde se trabaja a distancia, entrega de insumos como la silla ergonómica e información sobre los riesgos ergonómicos y psicosociales.

¿Cuál es la norma oficial mexicana de teletrabajo?

La NOM-037-STPS-2023, “Teletrabajo — Condiciones de seguridad y salud en el trabajo”. Las NOM con número 037 de otras dependencias regulan materias distintas.

¿Desde cuándo aplica la NOM-037?

Se publicó en el DOF el 8 de junio de 2023 y es exigible desde el 5 de diciembre de 2023, 180 días naturales después de su publicación. No hay plazo pendiente.

¿La NOM-037 aplica si mi personal solo hace home office ocasional?

No necesariamente. Aplica al teletrabajo como modalidad formal, que la LFT reconoce cuando la persona trabaja más del 40% del tiempo en su domicilio o en el lugar que elija. El home office esporádico no lo configura; el trabajo a distancia habitual sí.

¿El teletrabajo se puede revertir?

Sí. La LFT exige que el cambio de modalidad sea voluntario y reversible, y la NOM-037 obliga a documentarlo. El acuerdo por escrito es la única forma de acreditar ambas cosas.

¿Dónde consulto el texto oficial de la NOM-037-STPS-2023?

En el Diario Oficial de la Federación, publicación del 8 de junio de 2023: ese es el texto oficial y la referencia correcta para citarla. Los blogs y guías (incluido este) orientan, no sustituyen al documento.

¿Qué relación tiene la NOM-037 con la NOM-035 y la NOM-036?

Se complementan. La NOM-036 aporta el marco técnico del riesgo ergonómico y la NOM-035 el de los factores psicosociales; la NOM-037 obliga a informarlos y gestionarlos en teletrabajo. Se leen juntas.


¿Tienes personal en teletrabajo y quieres dejar el expediente listo para una inspección? Escríbenos a info@congenius.com.mx o llámanos al 442 168 29 66.