Una UVIE (Unidad de Verificación de Instalaciones Eléctricas) es una persona física o moral acreditada y aprobada por la Secretaría de Energía para dictaminar si una instalación eléctrica cumple la NOM-001-SEDE-2012. Su dictamen es obligatorio para conectar o contratar el suministro en alta tensión y en lugares de concentración pública, que incluyen a cualquier industria o comercio con más de 20 kW de carga instalada. Para el expediente de Protección Civil de una planta en Querétaro, en cambio, el municipio acepta un dictamen eléctrico emitido por una unidad verificadora o por un perito.

En una frase: la UVIE es la llave para que el suministrador conecte tu instalación; el dictamen eléctrico de Protección Civil es otro trámite, con otra autoridad, y ahí no estás obligado a contratar una UVIE.

Confundir los dos trámites sale caro en cualquier dirección: contratar una UVIE para un expediente que no la pedía, o dar por bueno un dictamen de hace años que ya no cubre la instalación modificada. Esto es lo que dice cada norma y qué te toca en cada caso.

¿Qué es una UVIE?

Una UVIE es un verificador externo de instalaciones eléctricas. El Procedimiento para la Evaluación de la Conformidad de la NOM-001-SEDE-2012 (DOF 18-jun-2014, en vigor desde el 1-oct-2014 y modificado por Acuerdo del DOF del 17-nov-2017) la define como una persona física o moral con acreditación de una entidad de acreditación y aprobación de la autoridad competente, que es la Secretaría de Energía (SENER).

Lo que entrega es un dictamen de verificación: el documento que hace constar que, en la fecha de la visita, la instalación cumplía la NOM-001-SEDE-2012. Por eso se busca también como «dictamen UVIE» o «certificado UVIE»: el nombre oficial es dictamen de verificación.

Dos precisiones que ahorran vueltas:

  • La UVIE verifica, no instala. Revisa planos, memoria de cálculo y la instalación física; las correcciones las hace tu contratista eléctrico.
  • La UVIE no es la CFE. El suministrador conecta el servicio; la UVIE certifica que la instalación está lista para recibirlo.

¿Qué es la NOM-001-SEDE-2012 y sigue vigente?

La NOM-001-SEDE-2012, «Instalaciones eléctricas (utilización)», fija los requisitos técnicos de seguridad de las instalaciones eléctricas que consumen energía: conductores, protecciones, puesta a tierra, tableros, áreas peligrosas. Se publicó en el DOF el 29 de noviembre de 2012 y entró en vigor el 29 de mayo de 2013.

Sí, sigue vigente. El registro oficial de normalización de la Secretaría de Economía (PLATIICA) la mantiene en estado «Vigente», con una revisión quinquenal del 24 de julio de 2023 cuyo resultado fue «Modificación», sin norma sustituta publicada.

Sobre las versiones que circulan en internet:

  • NOM-001-SEDE-2018. Se publicó como proyecto (PROY-NOM-001-SEDE-2018, DOF 6-ago-2018) y la respuesta a los comentarios salió en el DOF el 24-dic-2018. No se ha publicado como norma definitiva: la que se verifica sigue siendo la de 2012.
  • «NOM-001-SEDE-2022». No aparece ni en el DOF ni en el registro de la Secretaría de Economía. Si un proveedor te la cita, pídele la fecha y el número de publicación en el DOF.

Ojo con otra confusión frecuente: la NOM-001-STPS-2008 es otra norma, de otra dependencia, y regula el edificio, no la instalación eléctrica. La explicamos en la guía de la NOM-001-STPS-2008 sobre edificios, locales e instalaciones.

¿Cuándo es obligatorio el dictamen de una UVIE?

El dictamen de una UVIE es obligatorio cuando vas a conectar o recibir suministro en uno de estos dos supuestos, según el artículo 264 del Reglamento de la Ley del Sector Eléctrico (DOF 3-oct-2025):

  1. Alta tensión: instalaciones que se conectan a más de 35 kV.
  2. Lugares de concentración pública: los define el Acuerdo publicado en el DOF el 23-feb-2017.

Ese Acuerdo es el que atrapa a casi toda la industria, porque su lista no se limita a cines o estadios:

Supuesto del Acuerdo (DOF 23-feb-2017) Qué incluye
Por giro, sin importar la carga 40 giros listados, como escuelas, hospitales, hoteles o centros comerciales
Por carga instalada mayor de 10 kW Un segundo grupo de giros listados
Por carga instalada mayor de 20 kW Comercios e industrias de cualquier tipo
Por tensión Suministros de más de 1.000 V entre conductores o de más de 600 V a tierra

Traducido a una planta: si tu nave tiene más de 20 kW de carga instalada, que es lo normal en cualquier línea de producción, cuenta como lugar de concentración pública a efectos del suministro, y para contratarlo o ampliarlo necesitas el dictamen de una UVIE.

El artículo 264 citado sustituye al artículo 112 del reglamento anterior, el de la Ley de la Industria Eléctrica, que quedó abrogado en octubre de 2025. Muchas páginas siguen citando el 112: el supuesto es el mismo, pero la base legal ya es otra.

UVIE o dictamen con perito: qué te piden para Protección Civil

Para Protección Civil del Municipio de Querétaro no necesitas una UVIE. La ficha oficial del Visto Bueno de riesgo alto (trámite TR-140600-009, actualizada el 13-feb-2024) pide un dictamen eléctrico que puede emitir una unidad verificadora o un perito, y el artículo 49 del Reglamento de Protección Civil del Municipio de Querétaro exige que ese dictamen esté vigente.

Son dos trámites distintos que conviene no mezclar:

Dictamen de UVIE Dictamen eléctrico para Protección Civil
Para qué sirve Conectar, contratar o ampliar el suministro Integrar el expediente del Visto Bueno y del Programa Interno
Quién lo pide El suministrador, por el Reglamento de la Ley del Sector Eléctrico La Coordinación Municipal de Protección Civil
Quién lo emite Solo una UVIE aprobada por SENER Unidad verificadora o perito (riesgo alto)
Cuándo se renueva Al modificar la instalación; cada 5 años en áreas peligrosas Cuando la instalación cambia, y se presenta en cada Visto Bueno anual

En riesgo medio, la ficha municipal (TR-140600-007) pide una revisión eléctrica con la acreditación de quien la emite; en riesgo bajo (TR-140600-008) bastan fotografías de la instalación.

El nivel de riesgo lo asigna la Coordinación Municipal con los criterios del artículo 48 del Reglamento. Uno de ellos es tener subestación eléctrica propia, junto a superficies de más de 3.000 m² o más de 1.000 litros de líquidos inflamables. Es el nivel que exige además el Programa Interno de Protección Civil con tercero acreditado: lo desarrollamos en la guía completa del Programa Interno de Protección Civil, y el resto de papeles del expediente, en los requisitos de protección civil para empresas.

En Congenius gestionamos la revisión eléctrica y la de gas dentro del expediente del Visto Bueno de Protección Civil en Querétaro y del Programa Interno de Protección Civil, con dictamen de perito. Si lo que necesitas es el dictamen para el suministro, ese sí tiene que ser de una UVIE.

Cómo es el trámite y cuánto dura el dictamen

El dictamen de UVIE se obtiene en cuatro pasos:

  1. Eliges una UVIE del padrón de SENER (ver la sección siguiente) y le entregas el proyecto: planos, diagrama unifilar y memoria de cálculo.
  2. Revisión documental, en la que la UVIE contrasta el proyecto con la NOM-001-SEDE-2012.
  3. Visita de verificación a la instalación terminada, con las pruebas y mediciones que correspondan.
  4. Dictamen, si todo cumple. Si no, la UVIE te entrega las no conformidades para corregirlas antes de dictaminar.

Vigencia. No hay una vigencia general: el dictamen acredita el cumplimiento en la fecha de la verificación. Hay dos reglas concretas, ambas del Acuerdo del DOF del 23-feb-2017 (artículo cuarto):

  • Las áreas clasificadas como peligrosas y los locales con ambientes especiales necesitan un dictamen con vigencia de cinco años.
  • Cualquier modificación a la instalación exige un dictamen nuevo.

El Reglamento de Protección Civil de Querétaro aplica el mismo criterio a su dictamen eléctrico: pierde vigencia si la instalación se modifica. Una ampliación de línea, un tablero nuevo o una subestación más grande dejan viejo el dictamen anterior.

Ejemplo: una planta del Bajío con subestación propia

Una planta hipotética en Querétaro: nave de 4.000 m², 150 kW de carga instalada, subestación propia alimentada en media tensión y un almacén de solventes. Qué le toca:

  • Suministro. No está en alta tensión (no pasa de 35 kV), pero sí supera los 20 kW de carga, así que es lugar de concentración pública: para contratar o ampliar el servicio necesita dictamen de UVIE.
  • Si el almacén de solventes es área peligrosa, esa zona necesita dictamen con vigencia de cinco años, aunque la planta no cambie.
  • Protección Civil. Por superficie y por subestación propia es riesgo alto: su Visto Bueno anual pide dictamen eléctrico vigente, que puede firmar una unidad verificadora o un perito, más Programa Interno con tercero acreditado.
  • Si el año que viene amplía una línea, necesitará un dictamen nuevo para el suministro ampliado y otro dictamen eléctrico para el siguiente Visto Bueno.

Dónde consultar el padrón oficial de UVIE

La SENER publica el directorio de UVIE por entidad federativa, el listado de personas físicas y morales con aprobación vigente. La versión más reciente es del 14 de julio de 2026 y se descarga desde la página de la SENER sobre el procedimiento para conformar una UVIE; Querétaro tiene su propio apartado.

Antes de contratar, comprueba que la UVIE aparece en ese directorio y que su aprobación cubre el tipo de instalación que vas a verificar. Todavía circula mucho el directorio de mayo de 2017: no lo uses.

Qué pasa si no tienes el dictamen

Depende del trámite que lo pedía:

  • Sin dictamen de UVIE, el suministrador no tiene la certificación que el artículo 264 del Reglamento de la Ley del Sector Eléctrico exige para conectar: la contratación o la ampliación del servicio se detiene.
  • Sin dictamen eléctrico vigente, el expediente del Visto Bueno de riesgo alto queda incompleto, porque es uno de los requisitos de la ficha municipal. En la visita de verificación, el inspector revisa también que lo declarado coincida con la instalación real.

El problema más caro no es la falta de dictamen, sino el dictamen que ya no corresponde a la planta. Los dictámenes que casan con la instalación real suelen salir de un peritaje hecho a tiempo: por qué y cuándo conviene hacerlo lo contamos en peritajes de seguridad de gas, eléctricos y estructurales.

Preguntas frecuentes

¿La CFE me pide el dictamen de una UVIE?

Sí, si tu instalación es de alta tensión (más de 35 kV) o es un lugar de concentración pública, lo que incluye cualquier industria o comercio con más de 20 kW de carga instalada. Es requisito para conectar o ampliar el suministro, según el artículo 264 del Reglamento de la Ley del Sector Eléctrico.

¿Cuánto dura un dictamen de UVIE?

No tiene una vigencia general: vale mientras la instalación no se modifique. Las áreas clasificadas como peligrosas y los locales con ambientes especiales necesitan un dictamen con vigencia de cinco años.

¿Para Protección Civil en Querétaro necesito una UVIE?

No es obligatorio. Para el Visto Bueno de riesgo alto, el municipio pide un dictamen eléctrico vigente emitido por una unidad verificadora o por un perito.

¿Qué son los lugares de concentración pública?

Los que enumera el Acuerdo del DOF del 23 de febrero de 2017: 40 giros sin importar la carga, otro grupo con más de 10 kW y, con más de 20 kW, cualquier comercio o industria. Para su suministro se exige dictamen de UVIE.

¿Dónde encuentro una UVIE en Querétaro?

En el directorio de UVIE por entidad federativa que publica la SENER; la versión más reciente es del 14 de julio de 2026.

Si tu planta está preparando el Visto Bueno o el Programa Interno y no sabes qué dictamen eléctrico te toca, en Congenius revisamos tu expediente y te decimos qué falta. Solicita cotización para tu Visto Bueno.