La norma 019, NOM-019-STPS-2011, obliga a todo centro de trabajo a constituir al menos una comisión de seguridad e higiene, formada por trabajadores y representantes del patrón, que recorre la planta cada trimestre, investiga los accidentes y propone medidas para prevenirlos. Sigue vigente: la publicó el Diario Oficial de la Federación el 13 de abril de 2011 y el Catálogo Mexicano de Normas de la Secretaría de Economía la registra como vigente (consulta del 9 de octubre de 2026).

Si buscas «norma 019» y te salen otras, es porque hay varias con ese número: la NOM-019-SCT2 es de transporte de materiales peligrosos. Aquí hablamos de la de la Secretaría del Trabajo, la que pide el inspector cuando revisa la comisión de seguridad e higiene de tu planta.

En corto:

  • Aplica en todo el país y en todos los centros de trabajo (numeral 2), sin umbral de trabajadores.
  • Con menos de 15 trabajadores basta un trabajador y el patrón o su representante; con 15 o más, coordinador, secretario y vocales (numeral 7.1).
  • La comisión hace recorridos de verificación al menos cada trimestre, con un programa anual que se arma en los primeros 30 días naturales de cada año (numerales 9.3 y 9.5).
  • Sus integrantes reciben capacitación al menos una vez al año (numeral 5.13).
  • Incumplir una norma de seguridad e higiene se multa con 250 a 5 000 UMA (artículo 994, fracción V, de la Ley Federal del Trabajo).

¿Qué es la norma 019 y a quién aplica?

Es la norma oficial mexicana que fija cómo se constituye, integra, organiza y hace funcionar la comisión de seguridad e higiene de un centro de trabajo (numeral 1). Sustituyó a la NOM-019-STPS-2004 y entró en vigor a los tres meses de su publicación, según su primer transitorio.

La comisión no es un trámite de papel: es el grupo mixto que identifica condiciones peligrosas y actos inseguros, investiga las causas de los accidentes y enfermedades de trabajo y vigila que las medidas se cumplan en sus recorridos de verificación (definiciones 4.6 y 4.13). Aplica igual a una planta de autopartes de 800 personas que a un almacén de 12.

¿Cuántos integrantes debe tener la comisión?

Depende solo de la plantilla del centro de trabajo, y la norma lo dice en dos líneas (numeral 7.1):

Trabajadores del centro Integración de la comisión
Menos de 15 Un trabajador y el patrón o su representante
15 o más Un coordinador, un secretario y los vocales que acuerden el patrón y el sindicato (o los trabajadores, si no hay sindicato)

Verás guías con escalas de «dos y dos» o «tres y tres» según tramos de plantilla: no salen de la NOM-019. Con 15 trabajadores o más, el número de vocales lo acuerdan las dos partes.

Lo que sí fija la norma es quién ocupa cada cargo. Al constituirse, el coordinador lo designa el patrón y el secretario, el sindicato (si no hay sindicato, lo eligen entre sí los representantes de los trabajadores); los nombramientos duran dos años y coordinador y secretario se alternan entre las dos representaciones (numeral 9.1). Los representantes de los trabajadores deben laborar directamente en ese centro y, de preferencia, saber de seguridad y salud (numeral 7.2).

¿Una comisión basta para toda la planta? La norma exige «al menos una» (numeral 5.1), pero permite crear más según los turnos, el número de trabajadores por turno, las áreas con agentes peligrosos y los contratistas que trabajan dentro (numeral 7.5).

¿Cómo se constituye y qué dice el acta?

El patrón formaliza la comisión con un acta de constitución, en sesión con los integrantes y con el sindicato si lo hay (numeral 7.3). Antes, debe pedir al sindicato o a los trabajadores que designen a sus representantes, y conservar la evidencia de esa solicitud: es uno de los puntos que se revisan (numerales 5.3 y 12.3).

El acta lleva como mínimo (numeral 7.4):

  1. Datos del centro de trabajo: razón social, domicilio completo, RFC, registro patronal del IMSS, rama o actividad económica, fecha de inicio de actividades, número de trabajadores y número de turnos.
  2. Datos de la comisión: fecha de integración y nombre y firma de cada integrante.

El acta se actualiza cada vez que cambia la integración (numeral 5.4), por ejemplo cuando un vocal deja la empresa o falta sin justificar a más de dos recorridos seguidos (numeral 9.13).

Recorridos de verificación, programa anual e investigación de accidentes

El corazón de la norma está en el capítulo 9:

  • Programa anual de recorridos (9.3 y 9.4). Se integra dentro de los 30 días naturales siguientes a la constitución y, después, en los primeros 30 días naturales de cada año. Prioriza las áreas con más agentes y condiciones peligrosas y las que han tenido incidentes, accidentes o enfermedades.
  • Recorridos ordinarios (9.5). Al menos uno por trimestre, para identificar peligros, investigar las causas de los accidentes, proponer medidas y dar seguimiento a las anteriores.
  • Recorridos extraordinarios (9.9). Dentro de los 30 días naturales siguientes a un accidente o enfermedad de trabajo con defunción o incapacidad permanente, a un cambio importante en instalaciones o procesos, o a un reporte de los trabajadores que la comisión considere grave.
  • Acta de cada recorrido (9.12). Tipo de recorrido, fechas y horas, áreas revisadas, peligros encontrados, causas de los accidentes, medidas propuestas con su prioridad, seguimiento de las recomendaciones anteriores y firma de quienes participaron.

Para identificar peligros, la comisión puede apoyarse en el diagnóstico de seguridad y salud que exige la NOM-030-STPS-2009 de servicios preventivos, y el patrón está obligado a dárselo (numerales 5.8 y 9.6). Las dos normas se piensan juntas: la NOM-030 diagnostica y programa; la comisión verifica en piso que el programa se cumpla.

Ejemplo resuelto: una planta del Bajío con dos turnos

Pongamos una planta de inyección de plástico en Querétaro con 180 trabajadores repartidos en dos turnos, sin sindicato, que constituye su comisión el 1 de marzo:

Paso Qué se hace Plazo o regla Numeral
Integración Coordinador (patrón), secretario (trabajadores) y cuatro vocales, dos por turno Plantilla de 15 o más 7.1, 9.1
¿Una o dos comisiones? Una sola con vocales de ambos turnos; una segunda solo si un turno trabaja aislado o con riesgos propios Criterios de turnos, áreas y contratistas 7.5
Acta de constitución Firmada por los seis integrantes, con registro patronal y número de turnos En la sesión de constitución 7.3, 7.4
Programa anual Recorridos en marzo, junio, septiembre y diciembre; primero inyección y molinos, que concentran los atrapamientos A más tardar el 31 de marzo 9.3, 9.4
Recorrido extraordinario Si en julio hay una amputación en una inyectora, recorrido e investigación de causas A más tardar 30 días naturales después 9.9
Capacitación Curso para los seis integrantes y su programa anual Al menos una vez al año 5.13, 10.1
Nuevo vocal Si un vocal renuncia, se actualiza el acta y el sustituto recibe un curso de inducción De inmediato 5.4, 10.3

El riesgo que la comisión vigila no es pequeño en la región. Según la Memoria Estadística 2025 del IMSS, Querétaro registró 9 944 accidentes de trabajo ese año, 1.52 por cada 100 trabajadores bajo seguro de riesgos de trabajo (cuadro VII.1).

¿Qué capacitación necesitan los integrantes?

El patrón debe capacitarlos al menos una vez al año (numeral 5.13), con un programa anual que diga quiénes se capacitan, los temas, la duración y el periodo de los cursos y el nombre del responsable (numeral 10.1). Los temas mínimos son ocho (numeral 10.2): las obligaciones del patrón y de los trabajadores, cómo se constituye la comisión, las responsabilidades de cada cargo, sus funciones, la normatividad aplicable al centro, las medidas de seguridad que deben observarse, el método para identificar condiciones y actos inseguros y el procedimiento para investigar accidentes.

Cuando entra un integrante nuevo, recibe de inmediato un curso de inducción con los cuatro primeros temas (numeral 10.3). La forma habitual de acreditar la capacitación ante la autoridad es la constancia DC-3, que emite un agente capacitador externo registrado ante la STPS o la propia empresa con sus instructores internos.

¿Qué revisa la STPS y cuánto cuesta no cumplir?

El procedimiento de evaluación de la conformidad (numeral 12.3) se hace con revisión documental, constatación física y entrevistas. En la práctica, el inspector pide:

  1. El acta de constitución vigente y sus actualizaciones.
  2. La evidencia de que se pidió a los trabajadores o al sindicato que designaran representantes.
  3. El programa anual de recorridos del año en curso.
  4. Las actas de los recorridos del año en curso y del anterior, que el secretario guarda en custodia (numeral 8.3).
  5. El programa anual de capacitación y su evidencia.
  6. La relación de integrantes difundida a los trabajadores, con puesto, turno y área (numeral 5.12).

Y puede entrevistar al menos a dos integrantes para comprobar que de verdad forman parte de la comisión. En qué revisa la STPS en una inspección explicamos cómo preparar el expediente completo.

La sanción por incumplir una norma de seguridad e higiene es de 250 a 5 000 UMA (Ley Federal del Trabajo, artículo 994, fracción V). Con la UMA diaria de 2026, de $117.31 según el INEGI, eso va de $29,327.50 a $586,550 por infracción. Si la comisión existe solo en papel, sin recorridos ni actas, la falta se acredita igual que si no existiera.

Cómo lo hacemos en Congenius

El curso de aplicación de la NOM-019-STPS-2011 para la comisión de seguridad e higiene dura seis horas, se imparte en tu planta y cubre el temario que pide el numeral 10.2: constitución e integración, funciones de cada cargo, recorridos de verificación e investigación de accidentes. Cada integrante sale con su constancia DC-3. Si además necesitas revisar el expediente completo antes de una inspección, lo hacemos dentro de una auditoría de seguridad industrial.

Preguntas frecuentes

¿La norma 019 aplica a empresas con pocos trabajadores?

Sí. Aplica en todos los centros de trabajo (numeral 2). Con menos de 15 trabajadores la comisión se reduce a un trabajador y el patrón o su representante (numeral 7.1).

¿Cada cuánto se hacen los recorridos de verificación?

Al menos cada trimestre, según el programa anual (numeral 9.5), más los extraordinarios dentro de los 30 días naturales siguientes a un accidente o enfermedad de trabajo con defunción o incapacidad permanente, o a un cambio importante en instalaciones o procesos (numeral 9.9).

¿Cuánto duran los cargos de la comisión?

Dos años. El coordinador y el secretario se alternan entre los representantes del patrón y de los trabajadores (numeral 9.1).

¿Cuánto tiempo hay que conservar las actas?

El secretario custodia las actas de recorridos y la evidencia de capacitación del año en curso y del anterior, además de las actas de constitución (numeral 8.3).

¿Es obligatorio contratar una unidad de verificación?

No. Es opcional (numeral 11.1). Si se contrata y el dictamen es favorable, tiene una vigencia de dos años (numeral 11.4).

¿Dónde consulto el texto oficial?

En el Diario Oficial de la Federación del 13 de abril de 2011, en la copia que publica la Secretaría de Economía.


Si tu planta no tiene el programa anual de recorridos de este año, ese es el primer documento que te pedirán. Escríbenos a info@congenius.com.mx o llámanos al 442 168 29 66.